Para adentrarnos en la comprensión de las variedades de contratos temporales, es importante tener en cuenta que la esencia de la reforma laboral ratificada en diciembre de 2021 ha culminado en una marcada intensificación de la contratación de plazos preestablecidos.
- Contratación temporal tras la reforma laboral
- Tipos de contratos temporales
- Contrato temporal por circunstancias de la producción
- Contrato temporal de sustitución
Contratación temporal tras la reforma laboral
Con esta reforma, la forma de contratación temporal en nuestro país se ha modificado de la siguiente forma:
- Se eliminan los contratos temporales basados en la especificidad de obras y servicios.
- Se establece la suposición de que los contratos se celebran de manera indefinida.
- Al considerar un contrato laboral con una duración fijada, se requiere presentar la justificación de su temporalidad. Esto implica detallar la razón que respalda la contratación temporal, las situaciones que la respaldan y cómo se relaciona con el período estimado.
Tipos de contratos temporales
Los contratos temporales se presentan como una solución versátil que permite cubrir necesidades específicas sin el compromiso a largo plazo de un contrato indefinido.
Contrato temporal por circunstancias de la producción
En el cambiante mundo laboral actual, las empresas a menudo se enfrentan a variaciones en la demanda y en las cargas de trabajo.
- Las fluctuaciones inesperadas y esporádicas en la demanda, incluso las variaciones en la actividad estándar de la empresa, que ocasionan un desequilibrio temporal entre el personal disponible y el necesario, se consideran situaciones a las que se adapta el contrato temporal por circunstancias de la producción. Esto incluye situaciones que pueden surgir debido a eventos como las vacaciones anuales.
La duración máxima de este contrato es de 6 meses, con la posibilidad de ampliarla a 12 meses a través de negociaciones en acuerdos sectoriales. Si el contrato se establece por un período menor al máximo legal, es factible extenderlo mediante un acuerdo explícito entre el trabajador y la empresa.
Es importante señalar que la duración total del contrato temporal no puede exceder el límite establecido por la reforma laboral. - En circunstancias esporádicas, anticipadas y de corta duración y alcance definido son aquellas que encajan en el perfil del contrato temporal de duración determinada. Las empresas pueden aplicar este tipo de contrato hasta un máximo de 90 días no consecutivos en el transcurso de un año calendario.
Es importante resaltar que, al finalizar cada año, las compañías deben comunicar a la representación legal de los trabajadores una estimación anual de la utilización de este tipo de contratos.
Contrato temporal de sustitución
El contrato temporal de sustitución emerge como una herramienta crucial para abordar ausencias temporales de empleados y garantizar la continuidad de las operaciones.
- Sustituir a una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo (IT, maternidades, paternidades, excedencias…), en cuyo caso podrá anticiparse el contrato hasta 15 días antes de ausentarse la persona a sustituir.
Es decir, se establece un plazo máximo de 15 días en que sustituto y sustituido pueden solapar su prestación de servicios al inicio del contrato de sustitución en aras de garantizar el desempeño laboral. - Completar la jornada reducida (por causas legales o convencionales) por otra persona trabajadora.
- Cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva mediante contrato fijo, en cuyo caso el contrato no podrá durar más de 3 meses, o el plazo inferior que fije el convenio, ni volverse a suscribir con el mismo objeto una vez superada dicha duración máxima.
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